Lettrio

Documento listo para enviar

Generador de Carta de Baja Médica

Notifica a tu empleador una baja médica (enfermedad, accidente, maternidad, paternidad, cuidador familiar) con el formato legal correcto.

Rellenar el formularioVista previa gratis · Carta completa 2,99 € · Envío certificado opcional

01Generar carta

02Vista previa

Tu carta aparecerá aquí

Ejemplo de carta generada

Departamento de Recursos Humanos Barrado Logistica, S.L. Poligono Industrial Este, nave 12 41016 Sevilla
Sara Delgado Ruiz Calle de los Olmos 27 41004 Sevilla sara.delgado@example.com 600 123 456
Sevilla, 14 de abril de 2026
Asunto : Comunicacion de baja laboral desde el 14 de abril de 2026 - Sara Delgado Ruiz, coordinadora de operaciones
Estimados senores: Les comunico que me encuentro en situacion de incapacidad temporal desde el 14 de abril de 2026, a raiz de una intervencion quirurgica programada para el 15 de abril. La facultativa ha previsto una recuperacion de cuatro semanas, lo que situa mi reincorporacion en el 12 de mayo de 2026. Adjunto la copia del parte de baja destinada a la empresa, dentro del plazo de tres dias. Les remitire sin demora cualquier parte de confirmacion o el parte de alta. Para reducir el trastorno: la revision de transportistas de abril esta cerrada y archivada en la carpeta compartida de Operaciones; los dos litigios abiertos con proveedores estan resumidos en una nota que he enviado esta manana a D. Julian Okafor; y Dna. Priya Raman ha aceptado asumir la planificacion diaria de expediciones durante mi ausencia. Quedo localizable por correo electronico para cualquier urgencia, con un tiempo de respuesta posiblemente largo las dos primeras semanas. Les confirmare la fecha de reincorporacion la semana anterior. Atentamente,
Sara Delgado Ruiz

Obtén tu carta personalizada con tus datos

Generar mi carta gratis

Comunicar una baja laboral a la empresa

La carta de baja laboral es el escrito con el que informa a su empresa de que está en situación de incapacidad temporal y hasta cuándo previsiblemente. No sustituye al parte médico: el parte acredita la incapacidad, la carta explica a la empresa qué implica para ella — fechas, relevo, disponibilidad.

Los problemas rara vez vienen de la enfermedad. Vienen del silencio, de las fechas imprecisas y de las ausencias que nunca se clasificaron.

Los plazos que importan

El parte de baja lo emite el médico del sistema público o de la mutua, según el origen del proceso. La copia destinada a la empresa debe entregarse en el plazo de tres días desde su expedición; los partes de confirmación, dentro de los tres días siguientes a su emisión. Muchos convenios colectivos acortan ese plazo, y es el convenio el que se le aplicará.

Desde el modelo de gestión vigente, buena parte de la comunicación circula por vía telemática entre el servicio médico, el INSS y la empresa. Eso no le exime de avisar: la empresa necesita saber que hay algo que consultar, y el aviso inmediato es lo que evita que la ausencia se registre como injustificada.

Qué se cobra durante la baja

  • Enfermedad común o accidente no laboral: los tres primeros días no se cobran salvo mejora por convenio. Del cuarto al vigésimo, el 60 % de la base reguladora, a cargo de la empresa desde el día 4 al 15. A partir del día 21, el 75 %.
  • Accidente de trabajo o enfermedad profesional: el 75 % de la base desde el día siguiente a la baja, sin periodo de espera.
  • Numerosos convenios complementan estos porcentajes hasta el 100 % del salario. Revise el suyo antes de hacer cuentas.

Maternidad, paternidad y cuidado de familiares

El permiso por nacimiento y cuidado de menor corresponde por igual a ambos progenitores y es intransferible; las primeras semanas se disfrutan de forma ininterrumpida e inmediatamente después del parto. El resto puede distribuirse dentro del primer año, con preaviso a la empresa. La reducción de jornada por cuidado de un familiar y la excedencia por cuidado siguen sus propias reglas y se solicitan por escrito con antelación.

Qué debe contener la carta

  1. El primer día de baja y la fecha prevista de reincorporación, o la indicación clara de que la duración es incierta.
  2. El tipo de proceso — enfermedad común, accidente de trabajo, hospitalización, maternidad o paternidad — porque los derechos y los trámites difieren.
  3. La confirmación de que el parte se adjunta o se ha tramitado, con la fecha.
  4. Un relevo breve: qué es urgente, quién puede cubrirlo, dónde están los expedientes. Es la parte que la empresa lee de verdad.
  5. Su disponibilidad. Durante la baja no está obligado a estar localizable; decirlo con cortesía por adelantado evita malentendidos.

La salud mental es una baja como otra

El desgaste profesional, la ansiedad y la depresión son procesos de incapacidad temporal como cualquier otro. No tiene que comunicar el diagnóstico a su empresa: la copia que le corresponde no lo recoge, y eso es deliberado. Mantenga la carta factual y breve.

FAQ

¿En qué plazo hay que entregar el parte de baja a la empresa?

La copia destinada a la empresa se entrega en el plazo de tres días desde la expedición del parte, y los partes de confirmación dentro de los tres días siguientes a su emisión. Muchos convenios colectivos acortan ese plazo, y es el convenio el que se le aplicará. Avise además el mismo día por teléfono: el aviso inmediato es lo que evita que la ausencia se registre como injustificada.

¿Cuánto se cobra estando de baja?

En enfermedad común, los tres primeros días no se cobran salvo mejora por convenio; del día 4 al 20 se percibe el 60 % de la base reguladora y a partir del 21 el 75 %. En accidente de trabajo o enfermedad profesional, el 75 % desde el día siguiente a la baja, sin espera. Muchos convenios complementan hasta el 100 % del salario: revise el suyo antes de hacer cuentas.

¿Tengo que decirle a mi empresa qué me pasa?

No. La copia del parte que corresponde a la empresa no recoge el diagnóstico, y eso es deliberado. Vale igual para los procesos de salud mental que para los físicos. Su carta debe limitarse a lo necesario: fechas, tipo de proceso y organización del trabajo durante la ausencia.

¿Qué hago si la baja se prolonga?

El médico emitirá partes de confirmación con la periodicidad que corresponda; entréguelos en la empresa dentro del plazo y acompáñelos de una nota breve con la nueva fecha prevista de reincorporación. Dejar pasar la fecha inicial sin decir nada es lo que convierte una ausencia protegida en una ausencia injustificada.

¿Pueden despedirme estando de baja?

Un despido cuya causa real sea la enfermedad es discriminatorio y nulo, pero estar de baja no blinda el contrato: un despido por causa ajena a la enfermedad sigue siendo posible. Si le despiden durante la baja, conserve todos los documentos con fecha —partes, comunicaciones, correos— porque la cronología es lo que se examina después.

¿Quién paga: la empresa, la Seguridad Social o la mutua?

Depende del origen. En enfermedad común, la prestación la abona la empresa en pago delegado del día 16 en adelante, y del 4 al 15 corre a su cargo. En accidente de trabajo o enfermedad profesional suele gestionarlo la mutua desde el principio. Para usted el efecto práctico es el mismo —lo cobra con la nómina— pero determina a quién reclamar si hay un error.

¿Es gratis este servicio?

La vista previa es gratis: 3 al mes. La carta completa (texto íntegro + PDF limpio + copia por email) cuesta 2,99 € por unidad, sin suscripción.

¿Son legalmente válidas las cartas?

Lettrio prepara cartas con formato profesional siguiendo las convenciones formales de tu país. Recomendamos revisar antes de enviar. No es asesoría legal.