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Generador de Carta de Recordatorio de Pago con IA

Envía un recordatorio de pago profesional para facturas vencidas.

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D. Tomás Paredes Vega Calle Goya 45 28001 Madrid
Diseño Web Creativo S.L. Avenida de América 14 28028 Madrid
Madrid, 1 de abril de 2026
Asunto : Recordatorio de pago — Factura nº 2026-078
Estimado Sr. Paredes: Nos permitimos recordarle que la factura nº 2026-078, emitida el 1 de marzo de 2026 por un importe de 650 €, se encuentra pendiente de pago. Si ya ha procedido al pago, le rogamos haga caso omiso del presente aviso. En caso contrario, le solicitamos regularice la situación antes del 15 de abril de 2026 mediante transferencia bancaria al IBAN ES91 2100 0418 4502 0005 1332. Atentamente,
Diseño Web Creativo S.L.

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Cómo cobrar facturas vencidas con eficacia y profesionalidad

El retraso en el pago es el problema número uno de tesorería para autónomos, pequeñas empresas y estudios. Los primeros 30 días tras el vencimiento son los más importantes: cuanto antes reclames, en qué tono y por qué medio, multiplica las probabilidades de cobrar. Una secuencia disciplinada de tres recordatorios escritos, cada uno con un tono más firme y con base legal correcta, recupera la mayoría de los impagos antes de tener que acudir al monitorio.

El cliente que no paga rara vez está en mala fe; muchas veces ha priorizado a otros proveedores que reclaman antes y mejor. Tu objetivo es entrar en cabeza de su cola de pagos y mantenerte ahí.

Marco legal en España

La Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales es la pieza clave. Aplica a relaciones entre empresas y entre empresas y administraciones públicas, y prevé:

  • Plazo legal de pago: 30 días desde la fecha de recepción de la mercancía o prestación del servicio, ampliable hasta 60 días por pacto entre las partes (art. 4)
  • Devengo automático de intereses moratorios sin necesidad de aviso ni requerimiento previo, una vez vencido el plazo legal o pactado (art. 5)
  • Tipo de interés de demora publicado semestralmente por el Banco de España (en torno al 12 % anual en 2024-2025), aplicable salvo pacto distinto que no podrá ser sustancialmente más bajo (art. 7)
  • Indemnización fija de 40 € por costes de cobro, sin necesidad de acreditar otros gastos (art. 8)

Para deudas civiles entre particulares aplica el Código Civil: el art. 1100 sitúa la mora del deudor en el momento del requerimiento del acreedor, y el art. 1108 establece el interés legal del dinero a falta de pacto.

El proceso monitorio regulado en los artículos 812 a 818 de la Ley de Enjuiciamiento Civil es la vía judicial rápida para reclamar deudas dinerarias documentadas: si en 20 días el deudor no paga ni se opone, el secretario judicial dicta el decreto que pone fin al proceso y abre la ejecución directa.

En América Latina existen procedimientos similares: México el juicio ejecutivo mercantil (Código de Comercio); Argentina el juicio ejecutivo (CPCCN); Colombia el proceso ejecutivo (Código General del Proceso, Ley 1564/2012); Chile el juicio ejecutivo de obligaciones de dar (CPC).

La secuencia de recordatorios eficaz

  1. Recordatorio 1 — D+7 amistoso: correo electrónico cordial, vencimiento, importe, factura adjunta, posibilidad de incidencia técnica
  2. Recordatorio 2 — D+15 firme: correo escalado al responsable de pagos y al interlocutor, mención de los intereses de demora que se devengan
  3. Recordatorio 3 — D+30 formal: requerimiento por burofax, intereses de demora calculados, indemnización del art. 8 Ley 3/2004, plazo de 10 días naturales y advertencia de monitorio
  4. Acción judicial — D+45: solicitud de proceso monitorio en el juzgado de primera instancia del domicilio del deudor (art. 813 LEC)

Elementos imprescindibles del recordatorio formal

  • Identificación completa de acreedor y deudor
  • Número de factura, fecha de emisión, fecha de vencimiento e importe
  • Detalle de los servicios o bienes facturados
  • Cálculo de intereses moratorios devengados, citando la Ley 3/2004
  • Indemnización fija por costes de cobro (40 €)
  • Plazo concreto de pago y advertencia de monitorio
  • Datos bancarios para la transferencia
  • Envío por burofax con acuse de recibo y certificación de contenido

Por qué el burofax es decisivo

El burofax con acuse de recibo y certificación de contenido (~30 € en Correos) cumple cuatro funciones: prueba de la fecha de envío, prueba de la fecha de recepción, prueba del contenido íntegro enviado e interrupción de la prescripción. Es además el documento que el juez aceptará en el monitorio para acreditar que requeriste extrajudicialmente y que el deudor conocía la deuda.

Cómo calcular los intereses de demora

Para operaciones comerciales (Ley 3/2004): tipo legal vigente publicado por el Banco de España, aplicado día a día desde el vencimiento. Ejemplo: factura de 5.000 € con vencimiento 1 de febrero, reclamación 30 de marzo (57 días), tipo 12 % anual: 5.000 × 0,12 × 57/365 ≈ 93,70 € de intereses, más 40 € de indemnización fija = 133,70 € adicionales.

Casos especiales

Cliente persona física consumidor: no aplica la Ley 3/2004; reclama por la vía civil ordinaria con el interés legal del dinero (art. 1108 CC) y precaución con cláusulas potencialmente abusivas.

Cliente concursado o en preconcurso: el TRLC (RDL 1/2020) suspende los intereses moratorios y obliga a comunicar el crédito al administrador concursal en los plazos que se publiquen.

Administración pública: el plazo de pago legal es de 30 días tras la conformidad de la prestación; aplica también el art. 8 Ley 3/2004; existe procedimiento específico de reclamación previa.

Errores que evitar

  • Esperar 60 o 90 días antes del primer recordatorio
  • Reclamar solo por teléfono sin dejar rastro
  • Renunciar a los intereses de demora «por mantener la relación»
  • Olvidar el plazo de prescripción (5 años, art. 1964 CC)
  • Lanzar el monitorio sin requerimiento previo por burofax
  • No actualizar el saldo si el cliente paga parcialmente

Lo que Lettrio genera para ti en 30 segundos

Nuestra IA redacta el recordatorio adaptado al estadio (amistoso, firme o formal) con todas las menciones legales: cálculo de intereses según la Ley 3/2004, indemnización del art. 8, advertencia de monitorio, plazo claro y datos bancarios. PDF listo para enviar por correo electrónico o por burofax — sin necesidad de cuenta.

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